El pasado 20 de noviembre se publicó el tan esperado nuevo Reglamento de Extranjería, y lo que debería haber sido un avance hacia una mayor integración y respeto por los derechos de las personas migrantes ha resultado ser una decepción monumental. Este texto, que entrará en vigor el 20 de mayo de 2025, prometía mejoras en tres grandes áreas: trabajo, formación y familia. Sin embargo, una lectura crítica revela lo contrario: restricciones y retrocesos que ignoran el derecho fundamental a la vida familiar y a la dignidad de los extranjeros residentes y los ciudadanos españoles nacionalizados.
Como mujer migrante, que he experimentado directamente las barreras del sistema de extranjería, este nuevo reglamento me afecta no solo como profesional, sino también como madre y ciudadana hispano cubana. Cuando llegué a España como estudiante migrante, no tenía derecho a trabajar legalmente. Me vi obligada a aceptar empleos precarios e irregulares para sobrevivir. Hoy, ya nacionalizada, mi realidad ha cambiado, pero a mi madre cubana le imponen trabas burocráticas para disfrutar de su nieto, un niño español de cuatro añitos al que se le priva discriminatoriamente del derecho a ser cuidado por su abuela.
Trabajo: un sistema discriminatorio
Se sigue manteniendo la absurda exigencia de que, salvo excepciones, una persona que esté en España con visado de turista no pueda cambiar a un permiso de residencia y trabajo sin regresar primero a su país de origen. Esto perpetúa un sistema excluyente que solo favorece a los altamente cualificados quienes trabajan para empresas capaces de pagar más del doble del salario mínimo interprofesional. Estos, además, pueden traer a su familia desde el primer día. Mientras tanto, los trabajadores del régimen general de extranjería, que suelen ocupar los puestos que con más dificultades se cubren, deben renunciar a la convivencia familiar durante al menos su primer año de residencia en España.
Formación: restricciones camufladas
Aunque ahora se permitirá cursar estudios superiores en modalidad híbrida o presencial, las condiciones laborales de los estudiantes empeoran. Solo los matriculados en educación superior estarán automáticamente autorizados a trabajar, y sus permisos, antes de ámbito nacional y habilitante para cualquier ocupación, se limitarán al ámbito territorial de la comunidad autónoma y volvemos al requisito de la compatibilidad del trabajo con la formación que se curse. Además, no todos los estudiantes tras la finalización de su formación podrán modificar su estancia a una autorización de residencia y trabajo al finalizar sus estudios, cerrando puertas a quienes buscan construir un futuro en España.
Familia: el mayor retroceso
La 'palanca de familia', promocionada como un avance, es una bofetada al derecho a la vida familiar. Se anunciaban medidas que sobre todo beneficiarían a aquellas personas nacionalizadas españolas, para que pudiesen traer a sus familiares con la nueva autorización de residencia para familiares de ciudadanos españoles. Sin embargo, esta nueva figura deja en una situación de desventaja a los familiares de ciudadanos de españoles respecto a los familiares de cualquier otro ciudadano comunitario que puedan acudir al régimen comunitario. Si bien se amplía la edad de reagrupación de los hijos de ciudadanos españoles hasta los 26 años, otros aspectos dejan mucho que desear. Los familiares de países como Cuba y tantos otros, que requieren visado, deberán presentar certificados de antecedentes penales, una barrera que no enfrentan los familiares del resto de ciudadanos comunitarios.
En cuanto a los ascendientes de españoles, los requisitos son humillantes: solo se podremos reagrupar a nuestros padres y madres cuando i. podamos acreditar que viven a nuestro cargo y carecen de apoyo familiar en origen, es decir, si tienes hermanos en origen, olvídate; o ii. cuando concurran razones de carácter humanitario. Esto deja al azar de la voluntad de un funcionario algo tan básico como el derecho a cuidar a nuestros padres o permitir que vivan con nosotros en sus años más vulnerables.
En mi caso, mi madre cubana, se le dificulta residir en España conmigo para disfrutar y cuidar de su nieto ciudadano español. ¿Cómo explicar a un niño que ve a las abuelas de sus amigos en los parques, que la suya no puede estar con él porque el sistema discrimina a los familiares de los ciudadanos nacionalizados? Es indignante ver cómo se pisotea el derecho a la vida familiar y el respeto que merecen nuestras trayectorias migratorias y la igualdad entre todos los ciudadanos.
Y si esto sucede con los familiares de ciudadanos españoles, los extranjeros residentes del régimen general, lo tienen peor, no solo continúan teniendo que esperar un año en la mayoría de los casos para la ansiada reagrupación, sino que su situación empeora: la reagrupación de hijos se limita ahora a menores de 18 años (antes 21). Y la de sus ascendientes, continúa pasando por los mismos requisitos humillantes: los padres solo podrán ser reagrupados si están a cargo, carecen de apoyo familiar en su país de origen y superan los 65 años, salvo contadas excepciones por razones humanitarias.
¿Integración o exclusión?
Este reglamento no respeta principios básicos como el interés superior del menor o el derecho a la estabilidad familiar. Se continúa sin abordar soluciones para los menores extranjeros acompañados en situación irregular, ni mejora la situación de los hijos de migrantes nacidos fuera del territorio español que se encuentran en España sin un proceso de reagrupación previo, continuarán teniendo que esperar dos años para obtener una residencia legal, condenando a muchas familias a una incertidumbre innecesaria.
Una reforma vergonzosa
La mayor vergüenza la podemos observar en las modificaciones que afectan a los solicitantes de protección internacional. En los borradores se regulaba un arraigo de segunda oportunidad que se suprimió en el texto final. A cambio, se les penaliza cruelmente: para acceder a un arraigo no se les contará el tiempo en España, se les condena generalizadamente a periodos de irregularidad obligatorio que van desde los 6 hasta los 24 meses para que puedan acceder a un arraigo. Condenando a muchas familias a una incertidumbre innecesaria.
En resumen, este reglamento más que nuevo, resulta a grandes rasgos una burda modificación del anterior que parece diseñado para dificultar aún más la vida de quienes ya enfrentan barreras inmensas. Contradice el discurso oficial de integración, dejando a muchas personas migrantes y sus familias en una situación de vulnerabilidad. Como diría Silvio Rodríguez: no es más que "un servidor de pasado en copa nueva".
Enlace para curiosos:
'La maza' Silvio Rodriguez, puede escucharse en: https://youtu.be/ZmIjOvbevsA?si=lZk2NEFs4_Cwd_gB